viernes, 12 de septiembre de 2008

Licencia por 6 meses con goce de sueldo para madres que den a luz hijos con discapacidad a partir del vencimiento de la licencia regular

Los Diputados Nacionales Daniel Kroneberger -UCR-La Pampa- y Federico Kenny -UCR-La Pampa- junto al Bloque de la UCR, presentaron un proyecto de ley por el cual se contempla que el nacimiento de un hijo/a con discapacidad que presente patologías que requieran cuidados intensivos prolongados, otorgara a la madre que preste servicios bajo cualquier tipo de relación contractual en la Administración Pública Nacional, el derecho a seis meses de licencia con goce de sueldo desde la fecha de vencimiento del periodo de prohibición del trabajo por maternidad establecido en el articulo 177 de la ley 20.744.
“Para el ejercicio del derecho otorgado la trabajadora deberá comunicar fehacientemente el diagnostico del recién nacido al empleador con certificado medico expedido por autoridad sanitaria oficial, por lo menos con quince días de anticipación al vencimiento del periodo de prohibición del trabajo por maternidad. Durante el periodo de licencia la trabajadora percibirá un salario cuyo monto será igual a la remuneración que ella habría percibido si hubiera prestado servicios. En los siguientes casos este derecho podrá ser ejercido por el trabajador varón desde el inicio de la licencia o complementando el período de la misma que la madre no haya podido cumplir: a) Fallecimiento de la madre de su hijo, b) cuando la madre de su hijo estuviera imposibilitada de hacerse cargo del cuidado del niño por motivos de salud fehacientemente comprobado con certificado medico expedito por autoridad sanitaria oficial”.
Las disposiciones de esta ley no derogan los mayores derechos que acuerdan disposiciones legales o convencionales vigentes. Esta protección también la contemplan Tratados Internacionales de Derechos Humanos incorporados a nuestra Ley Fundamental, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.”
“Esta garantía es indispensable para evitar la desigualdad de trato en el empleo debido a la función reproductora de la mujer y para que la maternidad no se convierta en un motivo de discriminación en el empleo. La finalidad de este proyecto de ley es garantizar de manera igualitaria y efectiva los derechos del niño que nazca con cualquier discapacidad en la que resultaran imprescindibles cuidados especiales durante un período superior al establecido por la normativa vigente.”, concluyeron Kroneberger y Kenny.

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